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¿Un consejo? Si has dado con tu marca ideal… ¡¡Protégela!!

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Los signos distintivos, entre los que se encuentran las marcas, son activos de propiedad industrial que deben ser registrados para que el titular adquiera el derecho exclusivo de su utilización en el tráfico económico, impidiendo así que otros  puedan hacer uso de ellos.

Además de otorgar al titular el derecho legítimo sobre la marca, evitando así posibles copias, imitaciones o falsificaciones de esos productos, el registro de la marca no solo protege, sino que aumenta el valor de la empresa, ya que supone la creación de un activo intangible con el que se logra generar una asociación de valores e ideas que identifican esos productos, y no otros. Se genera confianza.

Hoy en día, no solo se vende el producto o el servicio, sino la emoción que ese producto o ese servicio genera en las personas. Debemos diferenciarnos de la competencia, sobre todo, por las sensaciones que nuestra marca es capaz de provocar.

Como avanzamos en el post anterior, la imagen de marca se ha convertido en una de las partes más importantes de la estrategia de marketing de cualquier empresa. Y ten presente que, si tú no la registras, cualquier otro puede hacerlo y quedarse con ella… ¿Te vas a arriesgar?

¿QUÉ HACEMOS POR TI?

En ACORDA SOLUCIONA ayudamos a todo tipo de empresas y profesionales a salvaguardar sus derechos de propiedad industrial, especialmente en relación con la marca, como principal activo intangible del negocio. Te ofrecemos asesoramiento desde el primer momento hasta el último, para que no tengas que preocuparte también de esto. Déjalo en nuestras manos, que nosotros nos encargamos:

  • De analizar la viabilidad del mercado, evaluando cada propuesta de cara a evitar posibles prohibiciones, denegaciones y oposiciones de marcas anteriormente registradas.
  • De identificar las clases a reivindicar, en función de los productos o servicios que quieras proteger.
  • De realizar un seguimiento del proceso, desde la presentación de la solicitud en el registro, hasta el momento de la concesión o denegación.
  • De gestionar la contestación frente a las posibles oposiciones de terceros.
  • Una vez adquieras el derecho de propiedad sobre tu marca, podemos formular oposición al registro de otras marcas que puedan vulnerar tus derechos.

Y al cabo de 10 años, volvemos a vernos para presentar la solicitud de renovación y que puedas mantener la vigencia de tu marca otros 10 años más.

Empieza a dar valor a tu empresa y a diferenciarte de los demás con nuestra ayuda. ¡Protege tus productos y servicios! ¡Registra tu marca!

 

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